Delitos Informáticos. 9.- Chantaje Informático

¿Qué es Chantaje Informático? 

Difamación Pública

Artículo anterior: Delitos Informáticos. 8.- La Ciberguerra

El Chantaje Informático o la Extorsión es la amenaza de “difamación pública” o daño semejante con el objetivo de obtener algún provecho pecuniario o material de alguien, u obligarlo a actuar de una determinada manera.

Dentro de los delitos informáticos esta figura cobra una forma especial con la “extorsión” y “amenazas” que puede sufrir una persona por internet, solicitando contenido sexual o a menores utilizando las redes sociales; pero también puede producirse a través de ciberataques a una página web o blog, atacando su estructura y funcionamiento o colapsando sus servidores y a cambio solicitar cantidades por diversos importes para que todo vuelva a funcionar como antes.

Suelen buscar preferente a personas jóvenes y a las que se les supone menos expertas y más confiadas (por tanto más vulnerables).

Delitos Informáticos. 8.- La Ciberguerra

El Sentido Común

Para frenar el Chantaje Informático, no nos va a servir tener sofisticados antivirus, ni tan siquiera software de protección potentes.

Aquí es primordial el sentido común (aunque sea el menos común de los sentidos) y un alto grado de desconfianza hacia aquellos desconocidos que nos abordan por Internet.

Debemos de controlar toda la información que publicamos sobre nosotros en Internet (es recomendable detenerse a estudiar bien las políticas de privacidad donde tengamos presencia o queramos tenerla).

También es importante cuidar los comentarios que otros amigos hacen sobre nosotros en las redes sociales (de forma pública).
Suelen estudiar muy bien los perfiles de las personas a las que quieren atacar, sabiendo bien cuáles son sus aficiones, sus gustos, para luego, a través de esos datos ir acercándose con el fin de “empatizar” con ellos y acercar posturas para acabar abriéndoles las puertas.

Cuidado a quien agregamos en nuestras redes sociales, debemos ser selectivos y pecar de exagerados.

Debemos de agregar a aquellas personas que conozcamos o sean referencias de conocidos nuestros.

Aún así también seremos precavidos pues sería posible que algún amigo nuestro hubiera sido objeto de una “suplantación de identidad”.

https://www.legalisconsultores.es/2015/01/delitos-informaticos-1-de-la-suplantacion-y-usurpacion-de-identidad/

Chantaje y amenazas en el Código Penal

Los delitos de chantaje y amenazas quedan recogidos en el código penal español en los artículos 169 y siguientes.

Y se imponen distintas penas en función de las circunstancias que concurran. Hay cuatro tipos según la jurisprudencia:

  • Aquellas Amenazas y Chantajes condicionales de un mal que constituye en un delito.
  • Las Amenazas y Chantajes no condicionales de un mal que constituye un delito.
  • Amenazas y Chantajes con Finalidad Terrorista.
  • Amenazas y Chantajes Condicionales de un mal “que no constituye un delito”. En éste último caso estaría el supuesto de una amenaza o chantaje con demandar al autor de un atropello si no paga la indemnización correspondiente a la víctima. Aquí no habría delito de amenazas o chantaje. Pero si se exige una cantidad de dinero a cambio de no revelar un determinado vicio de la víctima sí que estaríamos propiamente hablando de un delito de amenazas o chantaje condicional.

Los Consejos que damos desde Legalis Consultores son:

  • Pedir ayuda a una persona adulta, tratándose de niños o jóvenes.
  • No ceder al chantaje.
  • No dar información adicional al que nos amenaza.
  • Guardar las pruebas. Grabar o hacer una captura de pantalla donde se pueda ver el día y la hora.
  • Eliminar Malware: Troyanos, Spyware…
  • Cambiar con regularidad las claves personales.
  • Avisar al chantajista que está cometiendo un delito grave con su amenaza.
  • Denunciar ante la Policía o Guardia Civil.
  • Recomendamos visitar portales como: Portalamigos…

¿Dónde puedo denunciar?

Ante cualquier tipo de sospecha sobre estos delitos u otros en redes sociales puedes acudir a los siguientes organismos:

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles) sobre datos sacados de G.D.I. de la Guardia Civil y distinta normativa jurídica ),sobre textos del Diario ABC, el Mundo y Agencia E.F.E., y Agencia Española de Protección de Datos (A.E.P.D.).

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