A la hora de tomar la decisión de crear una Tienda Online (Ecommerce), con los avances de la tecnología, han ido apareciendo plataformas muy interesantes para la configuración de nuestro negocio en internet, que pueden hacernos dudar a la hora de elegir cual de ellas nos conviene más para su uso y que nos aporte los máximos beneficios.
Entre ellas nos encontramos con Woocommerce o Prestashop, aunque no son las únicas, ya que en el mercado hay otras también importantes aunque quizás no tan conocidas como son Magento o Shopit.
Como en todo, la decisión tendría que depender del tipo de tienda online que queramos crear.
Análisis
Woocommerce es una plataforma de reciente creación y que nace en el año 2011 como un plugin de WordPress, con lo que a la hora de gestionar contenidos, nos va a ser muy útil y mucho más sencillo que si lo hiciésemos con Prestashop.
Precisamente al utilizar WordPress, vamos a encontrarnos una amplia variedad de plugins que nos van a optimizar nuestro Seo On Page.
Una herramienta útil
Podríamos asegurar que Woocommerce es la herramienta más útil para poder diseñar una tienda online no demasiado grande.
Y esto implica que al no disponer de contenido extra, hace que el aprendizaje de la misma sea mucho más sencillo.
En la actualidad está teniendo un crecimiento muy importante debido a lo comentado anteriormente y por tener un panel muy intuitivo, ser fácil de instalar, por tener una gran variedad de plantillas, incorporar métodos de envío y pago básicos de inicio, con la posibilidad de extenderlos con la incorporación de otros plugins tanto de pago como gratuitos.
Para terminar:
También comentar que dicho software es gratuito y flexible para los usuarios de wordpress que quieran vender online sin cambiar de plataforma.
En el próximo post trataremos de las peculiaridades de Prestashop.
La idea es dar a entender que cualquiera de estos software que vamos a ir analizando, no son buenos o malos, sino que todo va a depender del tipo de negocio que queremos tener online.
Pixel St
Desde Pixel ST, nos preocupamos por nuestros clientes. En consecuencia, nuestro principal objetivo es dar un asesoramiento desde el inicio hasta el final de cada proyecto que nos llega a nuestro despacho, haciendo un estudio minucioso de todos los aspectos.
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Vamos a dedicar este artículo a asesorar sobre los pasos necesarios para poder crear una Tienda Online en España.
Otros dos artículos que dedicamos en nuestra web a esta materia serían y que son muy interesantes son:
Especialmente relevante, hoy por hoy y debido fundamentalmente a la grave crisis económica que aún atravesamos.
Sobre todo en políticas de empleo donde poco o casi nada se está haciendo y que queda demostrado por seguir teniendo una tasa de desempleo por encima del 20% de término medio (sin contar a los menores de 30 años, mayores de 45 años e incluso parados de larga duración, donde los porcentajes en algunos casos son una verdadera aberración).
Decir que muchos se arriesgan a dar el paso de crear un negocio que en apariencia parece fácil y que requiere pocos trámites
Si bien el trabajo diario es fundamental así como el dedicarle todo el tiempo necesario si va a constituir nuestro proyecto de futuro.
Ventajas de tener una Tienda Online:
Las ventajas por tanto serían:
• Facilidad en la creación de nuestra empresa o negocio, que además vamos a dedicar en algo que conocemos y nos gusta.
• Abarcar a un público mucho más amplio, al poder llegar a todos los rincones del mundo.
-El que da primero da dos veces-
• Es un escaparate perfecto, que no requiere su presencia “a pie de calle” y que debemos invertir en un buen diseño (nunca tendremos una segunda oportunidad de causar una primera buena impresión). “El que da primero da dos veces…”
Es por ello que contar con un equipo experto de diseñadores y programadores de páginas web y de mantenimiento de nuestra página ecommerce es prioritario.
En estos casos no se debe escatimar en gastos.
Debemos de saber encontrar perfectos profesionales que van a ser el motor para que nuestra idea pueda funcionar.
-Jefe de ti mismo-
• Vas a ser el jefe de ti mismo, en el caso de ser autónomo o podrás contar con uno o varios socios, caso de querer constituir una sociedad (Sociedad Civil Privada, Sociedad Limitada, Sociedad Anónima…).
En cualquier caso ser el jefe de uno mismo te da libertad para poder diseñar tus políticas de marketing y publicidad, de costes, beneficios, y decidir sobre todo lo que concierne a tu negocio…
…posiblemente dedicándole más hora que cualquier trabajador por cuenta ajena pero, como decíamos antes, con libertad.
-No pedir permisos ni licencias-
• No es necesario pedir determinados permisos o licencias que si son necesarios cuando alguien monta una tienda física como son licencias de apertura, permisos de obra…
En cualquier caso vas a ser Autónomo (Freelance) Pero, ¿qué significa ser Autónomo?
“Ser autónomo es aquella persona que de forma habitual, personal y directa, realiza una actividad económica para ganar dinero.”
Algunas Sentencias
Algunas Sentencias de Tribunales definen lo que significa realizar una actividad de “carácter habitual”.
Se considera “carácter habitual” aquella actividad que realizo de forma reiterada y continuada y que me permite generar unos ingresos que están por encima del salario mínimo interprofesional:
21´84 euros al día, 655´20 euros al mes, 9.172´80 euros al año en 14 pagas (datos de Salario mínimo Interprofesional para el año 2016).
Para darse de alta como trabajador Autónomo a efecto de poder crear una tienda online, hay que seguir muy bien una serie de pasos:
• Tener bien claro cuál es nuestro objetivo de ventas a través de nuestra tienda online. ¿Qué es lo que quiero vender?
-Darse de alta en Hacienda-
• Darme de alta en Hacienda a través de los modelos 036 ó 037 donde deberemos de reflejar de forma clara cuál es nuestra actividad.
-Darse de alta en la Seguridad Social-
• Darme de alta en la Seguridad Social en un plazo de tiempo no superior a un mes desde que nos dimos de alta en Hacienda.
La cuota de autónomo suele ser de 264´44 euros al mes, salvo que te des de alta por primera vez pues en este caso se aplicará la tarifa plana de 50 euros al mes durante los 6 primeros meses, 150 euros al mes los 6 meses siguientes y 180 euros al mes los últimos 6 meses siguientes.
A partir de ahí empezaremos a pagar la cuota mencionada anteriormente para cualquier autónomo.
Impuestos a declarar
Lo normal es que al principio de nuestra actividad no generemos beneficios y es este hecho por lo que recomendamos no darse de alta a través de los modelos 036 o 037 hasta empezar a facturar.
Otros modelos a presentar cuando empecemos nuestro negocio ecommerce son el modelo 303.
Este modelo es para declarar las compras y ventas realizadas en España durante cada trimestre
Otro de los modelos es el modelo 349.
Este modelo es para declarar las compras y ventas realizadas en la Comunidad Europea durante cada trimestre.
El modelo 130 o 131 que es el pago a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Otra normativa para crear una Tienda Online
En cuanto a las demás normativas y que desarrollaremos en el siguiente post sería:
Estar adaptado a la Ley de Protección de Datos Personales (LOPD).
Principalmente cuando recabamos datos personales a través de formularios.
La Ley de Servicios de Sociedades de la Información y el Comercio Electrónico (LSSI-CE),
precisamente por utilizar página web y comercio online y la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios.
Con esta ley precisamente se pretende garantizar los derechos y deberes de los consumidores y usuarios a través de las transacciones por internet.
Todas estas leyes son de obligado cumplimiento y son necesarias tenerlas bien gestionadas.
También es especialmente relevante que estemos bien asesorados en todo momento.
No solo se trata de evitar sanciones elevadas.
También se pretende dar una muy buena imagen de cara a nuestros posibles clientes en materia de seguridad jurídica.
Además de dar un servicio de calidad que nos diferencie de la competencia.
NOTA:
Si te ha gustado el artículo sobre la creación de una Tienda Online, te agradeceríamos puedas compartir en tus redes sociales y te suscribas a nuestro BOLETÍN DE NOTICIAS de www.legalisconsultores.es
Aspectos a considerar para montar una Tienda Online o Página Web
Vamos a dedicar los dos próximos artículos a asesorar sobre los pasos necesarios para poder crear una Tienda Online en España.
Hoy por hoy y debido fundamentalmente a la grave crisis económica que aún atravesamos sobre todo en políticas de empleo donde poco o casi nada se está haciendo y que queda demostrado por el hecho de seguir teniendo una tasa de desempleo por encima del 20% de término medio,
(sin contar a los menores de 30 años, mayores de 45 años e incluso parados de larga duración, donde los porcentajes en algunos casos son una verdadera aberración),
muchos se arriesgan a dar el paso de crear un negocio por internet,
que en apariencia parece fácil y que requiere pocos trámites.
Si bien el trabajo diario es fundamental (y cuando digo diario me refiero de lunes a domingo),…
…así como el dedicarle todo el tiempo necesario si va a constituir a partir de ahora nuestro proyecto de futuro.
Las VENTAJAS por tanto serían:
• Facilidad en la creación de nuestra empresa o negocio, que además vamos a dedicarnos a algo que conocemos y nos gusta. Añadimos por tanto a ese plus de dedicación algo de lo que tenemos conocimiento, experiencia y pasión.
• Abarcar a un público mucho más amplio, al poder llegar a todos los rincones del mundo. Además abierto las 24 horasdel día los 365 días del año.
• Es un escaparate perfecto, que no requiere su presencia “a pie de calle” y que debemos invertir en un buen diseño (nunca tendremos una segunda oportunidad de causar una primera buena impresión). “El que da primero da dos veces…”
Es por ello que contar con un equipo experto de diseñadores y programadores de páginas web y de mantenimiento de nuestra página ecommerce es prioritario.
Aquí no se debe escatimar en gastos y debemos de saber encontrar perfectos profesionales que van a ser un motor fundamental para que nuestra idea pueda funcionar.
• Vas a ser el jefe de ti mismo, en el caso de ser autónomo o podrás contar con uno o varios socios, caso de querer constituir una sociedad (Sociedad Civil Privada,Sociedad Limitada, Sociedad Anónima…).
En cualquier caso ser el jefe de uno mismo te da libertad para poder diseñar tus políticas de marketing y publicidad, de costes, beneficios, y decidir sobre todo lo que concierne a tu negocio posiblemente dedicándole más hora que cualquier trabajador por cuenta ajena pero, como decíamos antes, con total libertad.
• No es necesario pedir determinados permisos o licencias .
En cambio si que son necesarios cuando alguien monta una tienda física como son licencias de apertura, permisos de obra…
En cualquier caso vas a ser Autónomo (Freelance)
Pero, ¿qué significa realmente ser Autónomo?
“Ser autónomo es aquella persona que de forma habitual, personal y directa, realiza una actividad económica para ganar dinero.”
Algunas Sentencias de Tribunales definen lo que significa realizar una actividad de “carácter habitual”,
estableciendo que es aquella actividad que realizo de forma reiterada y continuada y que me permite generar unos ingresos que están por encima del salario mínimo interprofesional.
En la actualidad es de 21´84 euros al día, 655´20 euros al mes, 9.172´80 euros al año en 14 pagas (datos de Salario mínimo Interprofesional para el año 2016).
¿Cómo hacerse Autónomo?
Para darse de alta como trabajador Autónomo a efecto de poder crear una tienda online:
Hay que seguir muy bien una serie de pasos:
• Tener bien claro cuál es nuestro objetivo de ventas a través de nuestra tienda online. ¿Qué es lo que quiero vender?
• Darme de alta en Hacienda a través de los modelos 036 o 037 donde deberemos de reflejar de forma clara cuál es nuestra actividad.
• Darme de alta en la Seguridad Social en un plazo de tiempo no superior a un mes desde que nos dimos de alta en Hacienda.
La cuota de autónomo suele ser de 264´44 euros al mes, salvo que te des de alta por primera vez.
Es en este caso se aplicará la tarifa plana de 50 euros al mes durante los 6 primeros meses.
Es decir, 133´52 euros al mes los 6 meses siguientes y 186´92 euros al mes los últimos 6 meses siguientes.
A partir de ahí empezaremos a pagar la cuota mencionada anteriormente para cualquier autónomo.
En los supuestos de ser menor de 30 años o mujer menor de 35 años la cuota de 186´92 euros al mes se extiende hasta el mes 30.
Ante Hacienda
Lo normal es que al principio de nuestra actividad no generemos beneficios y es este hecho por lo que recomendamos no darse de alta hasta empezar a facturar.
Otros modelos a presentar cuando empecemos nuestro negocio ecommerce son el modelo 303 que es para declarar las compras y ventas realizadas en España durante cada trimestre y el modelo 349 que es para declarar las compras y ventas realizadas en la Comunidad Europea durante cada trimestre.
El modelo 130 o 131:
Que es el pago a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Otras normativas
En cuanto a las demás normativas y que desarrollaremos en el siguiente post sería: estar adaptado a la Ley de Protección de Datos Personales (LOPD), entre otras cosas porque recabamos datos personales a través de formularios, la Ley de Servicios de Sociedades de la Información y el Comercio Electrónico (LSSI-CE):
AVISOS LEGALES, POLÍTICA DE COOKIES, POLÍTICA DE PRIVACIDAD,
precisamente por utilizar página web y comercio online y la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios (CONDICIONES GENERALES DE VENTAS ONLINE) que pretende garantizar los derechos y deberes de los consumidores y usuarios a través de las transacciones por internet.
Todas estas leyes son de obligado cumplimiento y son necesarias tenerlas bien gestionadas y que estemos bien asesorados en todo momento pues no solo se trata de evitar sanciones elevadas sino dar una muy buena imagen de cara a nuestros posibles clientes en materia de seguridad jurídicay un servicio de calidad que nos diferencie de la competencia.
Legalis Consultores
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Con el artículo de hoy finalizamos esta serie de seis posts dedicados a los Protocolos de Seguridad
y que hay que tener en cuenta para todos aquellos que utilicen páginas web o tiendas online.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 apartado 1 de la LOPD, la realización de tratamiento por cuenta de terceros, deberá de estar regulada en un contrato específico,
que deberá constar por escrito o en alguna otra forma que permita acreditar su celebración y contenido.
Estableciéndose que el Encargado de Tratamiento únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del Responsable de Ficheros, que no los empleará para otros fines, que no los cederá…
… ni siquiera para su conservación a otras personas.
En el artículo 9 de la LOPD, vienen recogidas las medidas de seguridad que todo Encargado de Tratamiento está obligado a cumplir.
7.- COMUNICACIÓN DE DATOS
Según el artículo 11 apartado 1 de la LOPD,
los datos de carácter personal objeto de tratamiento,
sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y cesionario con el previo consentimiento del interesado.
Será nulo el consentimiento para la comunicación de los datos de carácter personal a un tercero, cuando la información que se facilite al interesado no le permita conocer la finalidad a la que destinarán los datos cuya comunicación se autoriza.
Cuando los datos personales recabados a través de internet vayan a ser comunicados a otras compañías (aunque pertenezcan al mismo grupo empresarial)…
…deberá informarse al usuario para que conozca las finalidades determinadas a las que se destinarán los datos.
También, cuando una compañía transfiera a otra la titularidad de un servicio prestado a través de internet y esta acción lleve asociado un cambio respecto del Responsable de Ficheros que contiene los datos personales de los usuarios de ese servicio,
tal acción puede comportar una cesión de datos, por lo que se observarán las premisas legales y en especial, la previa observación del consentimiento de los usuarios.
8.- MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE DATOS
Según lo establecido en el artículo 33 de la LOPD, no podrán realizarse transferencias temporales ni definitivas de los datos de carácter personal que hayan sido objeto de tratamiento o hayan sido recogidos para someterlos a dicho tratamiento con destino a países que no proporcionen un nivel de seguridad equiparable al que presta la Ley Orgánica,
debiéndose además solicitar autorización al Director de la Agencia Española de Protección de Datos.
También hay supuestos que están exceptuados y que se recogen en el artículo 34 de la LOPD.
Además, cuando se solicite la transferencia para auxilio judicial internacional, cuando el afectado haya dado su consentimiento a dicha transferencia internacional…
9.- SEGUIMIENTO DE DATOS
Según lo establecido en el artículo 9 de la LOPD, el Responsable de Ficheros y, en su caso…
…el Encargado de Tratamiento deberán adoptar las medidas de índole técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten:
Su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos.
Legalis Consultores
De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles).
Este artículo sobre Protocolos de Seguridad se ha realizado sobre textos y publicaciones de la página oficial de la Agencia Española de Protección de Datos (AGPD).
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En esta tercera parte vamos a seguir tratando otros aspectos que deben ser tenidos en cuenta y relacionados con los protocolos de seguridad contemplados en la LOPD-GDD (Ley 3/2018) para Ecommerce.
7.- Ejercicio de los Derechos de Acceso, Rectificación, Oposición, Supresión, Portabilidad, Limitación de Datos y Cancelación. Derechos A.R.C.O.
Todos los comercios (incluido los negocios online), autónomos, empresas, asociaciones, comunidades de vecinos,
tienen que facilitar el ejercicio de estos derechos contemplados en la LOPD.
Dada la propia naturaleza de internet,
que permite una interrelación fácil y rápida entre comprador y vendedor, generalmente se ha utilizado la vía del comercio electrónico como fundamental para canalizar estos derechos A.R.C.O.,
así como para remitir las consiguientes contestaciones por parte del Responsable de Ficheros.
Muchas compañías han facilitado una zona especial en sus páginas web,
que permita al usuario consultar fácilmente los datos que constan en el fichero (incluído el seguimiento de los pedidos realizados),
por lo que el usuario deberá identificarse de forma previa y que se autentique su identidad a través de la contraseña que eligió en el momento de registrarse.
De esta manera se facilita al usuario dicho ejercicio de derechos y se introduce un mayor nivel de transparencia por parte del Responsable de Ficheros.
Además, desde Legalis Consultores realizamos los escritos de estos derechos ante el responsable y asesoramos al responsable para dar contestación a los mismos en los plazos marcados por la ley.
8.- Seguridad de los Datos
El “Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados (informatizados) que contengan datos de carácter personal” está aprobado por Real Decreto 994/1999 de 11 de junio,
establece que todas las compañías deben de instalar una normativa de seguridad,
mediante un documento de obligado cumplimiento para el personal con acceso a los datos automatizados de carácter personal y a los sistemas de información.
Medidas de seguridad de índole básico
Establece el artículo 4 de citado reglamento,
cabría exigir la adopción de medidas de seguridad de índole Básicos,
dado que los datos por lo general son puramente identificativos (relación comercial entre comprador y vendedor).
Quedan exceptuados aquellos casos en que se obligue a introducir datos acerca de la salud o vida sexual de los compradores o aquellos ficheros donde se tomen datos considerables del usuario,
de tal manera que permitan obtener una evaluación de su personalidad.
Hay que prestar especial atención a las páginas webs,
para que tengan un “canal seguro” a fin de poder salvaguardar su confidencialidad en el envío de sus datos personales: identificación de tarjetas de pago, datos asociados a sus pedidos, contraseñas de accesos…
Cualquier información remitida por correo electrónico,
se deberán de aplicar procedimientos adicionales de cifrado.
Debemos también tener en cuenta lo establecido en el artículo 10 del reglamento relativo a la necesidad de que exista un registro para el soporte del procedimiento de notificación y gestión de incidencias.
Además en el contrato de prestación de servicios,
deberá estipularse las medidas de seguridad que el encargado de tratamiento está obligado a implementar.
Son muy pocas las compañías que incluyen estas estipulaciones.
9.- Notificación e Inscripción en el Registro de Ficheros
Así queda establecido en el artículo 26 de la LOPD.
Dicha notificación e inscripción de los ficheros se realizaba ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Con la nueva LOPD-GDD. Ley 3/2018, ya no es obligatorio
(*) Actualizado en fecha 21.11.2021
Legalis Consultores
Este arículo sobre Protocolos de Seguridad se ha realizado sobre textos de la Agencia Española de Protección de Datos y otras fuentes jurídicas.
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Debemos de concienciarnos de la importancia de tener una buena “Página Web Corporativa” o una “Tienda Virtual” (Online) en referencia a su diseño, optimización y siempre con un buen equipo detrás que nos arrope en todo momento y que cumpla con unas condiciones adecuadas de profesionalidad y eficacia.
También debemos tener presente que ese trabajo debe estar perfectamente adaptado a la Ley de Protección de Datos (LOPD) y a la Ley de Servicios de Sociedades de la Información y Comercio Electrónico (LSSI-CE), cumplir con las Políticas de Privacidad, Ley de Cookies y Avisos Legalesparticularizados.
Es lo que llamaríamos un producto entregado “Llave en Mano”.
Si no estás en Internet…No existes
Es por ello que LEGALIS CONSULTORES ha decidido dar un paso más y, como entendemos que hoy en día es tan necesario tener una presencia en Internet (“Si no estás en Internet…No existes”) como cumplir perfectamente lo que marcan las leyes y el derecho, hemos decidido unirnos con PIXEL ST (www.pixelst.es), verdaderos artistas del diseño web corporativo profesional con una larga trayectoria de más de 10 años y clientes tanto Públicos: Generalitat Valenciana, Cámaras de Comercio… como Privados: Restaurantes españoles emblemáticos, cadenas hoteleras, arquitectos, servicios sanitarios de prestigio, academias de enseñanza…
Consultores de Proyectos Web integrales
Es por ello que queremos hacer público este acuerdo para su general conocimiento de cara a que el ciudadanos, empresario, autónomo… cualquier profesional tenga a unos “Consultores de Proyectos Web Integrales”, que estén con él en todo momento que los necesite (que no se sientan abandonados), que estén bien asesorados en función de lo que desea el cliente en materias como la Creación y Diseño de Webs Corporativas, Comercio Electrónico (Woo Commerce), Creación y Diseño de Plataformas de Enseñanza (Elearning) con Administración e incluso Tutorización de alumnos, Posicionamiento SEO y SEM, Hosting, Dominios, Planificación de Estrategias de Marketing Online y además que cuenten con un Asesoramiento Jurídico Integrado.
Comenzamos una nueva andadura, acorde a los tiempos que vivimos y, donde el cliente pueda sentirse no sólo satisfecho sino sobre todo tranquilo, sabiendo que confiando en nosotros puede dedicarse a centrarse por entero en su actividad.
Presencia legal
Nuestra meta es que “el cliente pueda estar presente (en Internet), pero que lo esté legalmente”.
Esperemos que este nuevo Rumbo sirva para que nuestro posible cliente pueda tomar una decisión acertada.
Trabajamos a nivel de toda España y con un estudio previo minucioso y sin compromiso.
¡Queremos estar Contigo! Que confíes en nuestra experiencia de años y en nuestro trabajo profesional. Queremos quitarte problemas y por supuesto…¡Queremos darte Soluciones!
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En España se ha producido un crecimiento de un 20% respecto al año pasado en cuanto a las transacciones que se realizan a través de Comercio Electrónico. Ya es utilizado nada más ni nada menos que por 15 millones de personas (en España).
Todo ello a pesar de las restricciones y reticencias que había hace unos años respecto a este tipo de operativa.
Se compran muchos billetes de avión, se reservan muchos hoteles, pero últimamente se está produciendo un incremento en compras de equipos informáticos y electrónicos de consumo, productos de belleza e incluso de ropa.
De cara a estas navidades también se espera un incremento importante en la compra de juguetes por esta vía, superando las cifras del año pasado.
Esto viene favorecido no sólo por la comodidad de realizarlo desde casa, de tener acceso a más información en cuanto a productos y precios (pudiendo hacer comparaciones rápidas) simplemente apretando un botón, sino también por la seguridad en las transacciones y de las empresas de envío y de paquetería que funcionan bastante bien, reduciendo los tiempos de entrega y trabajando generalmente con profesionalidad.
Normativa española para una Tienda Virtual
Pero para poder tener una Tienda Virtual es necesario tener presente distintas normativas:
Ley de Protección de Datos 3/ 2018 de 15 de diciembre y su reglamento. (LOPD-GDD).
La Ley de Sociedades de Servicio de la Información y Comercio Electrónico. Ley 34/2002 (LSSI y CE). Modificada en junio de 2014.
Real Decreto Legislativo en Defensa de Consumidores y Usuarios.
Normativa respecto a la Ley 7/1996 de Comercio Minorista.
Y otras disposiciones contempladas en el Código Civil (Artículo 10), Ley Orgánica del Poder Judicial (artículo 22), Ley de Condiciones generales de Contratación…
Por no asustar con tanta regulación, simplemente tenemos que tener claro algunos puntos que sí son fundamentales.
Cualquier propietario de una Tienda Online (Ecommerce) deberá estar previamente adaptado a la Ley de Protección de Datos (LOPD) y dejarán constancia en la página web utilizada para ello de su:
DENOMINACIÓN SOCIAL, NIF o CIF, DOMICILIO SOCIAL, TELÉFONO, FAX y EMAIL
Deberán contar con el “Documento de Seguridad”, “Contratos de Confidencialidad” y “Contratos de tratamiento con Terceros”, además de estar inscritos en la Agencia Española de Protección de Datos (A.E.P.D.).
Es muy importante contar con un buen equipo de diseñadores que elaboren y mantengan actualizada la web en todo momento.
Debido que el vender online recaba datos de clientes, deberá dejar claro a los mismos que sus datos serán recogidos para los fines comerciales que se realizan y que estarán incluidos en un fichero al que podrán dirigirse para ejercer sus derechos A.R.C.O.: De Acceso, Rectificación, Cancelación, Supresión, Portabilidad, Limitación del Tratamiento u Oposición.
La base de datos se guardará en un hosting ubicado en España.
En caso contrario será un delito castigado con penas económicas muy elevadas.
Hay muchas Tiendas Onlineespañolas alojadas en “servidores” fuera de España (sobre todo americanos), por tener menores costes.
“Esto va contra la Ley”.
Ley General de Consumidores y Usuarios
En junio de 2014 entró en vigor la “LEY GENERAL DE CONSUMIDORES Y USUARIOS” donde se homologa a nivel europeo.
El plazo que tenía antes un cliente para desistimiento cuando realizaba una compra era de 7 días, siendo ahora de 14 días naturales.
Deberán señalarse las características exactas de los productos o servicios así como del precio con el IVA correspondiente y el tipo de moneda empleado.
Se deberá señalar de forma clara las Ofertas o Campañas que se realicen estableciendo el plazo real de validez de las mismas.
Se determinará los Plazos y Formas de Pagoasí como gastos adicionales (caso de que hubiese) y los Gastos de Envío.
En cualquier caso, se debe de dar la posibilidad antes de comprar de:
Revisar, guardar e imprimir el “resumen de la compra” que desea realizar el cliente.
Del mismo modo, tras la compra, tendrán derecho a poder emitir un “acuse de recibo”, a poder estar informado del proceso de su pedido, a la devolución del mismo y a la devolución del importe del envío si se cumple con las condiciones que marca la Ley.
Desde LEGALIS CONSULTORES asesoramos y ponemos a su disposición no sólo la adaptación de la Tienda Online sino la creación de la misma desde su inicio y mantenimiento acorde a la normativa española.
De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)
(*) Actualizado con fecha 21.11.2021
Legalis Consultores
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Desde “Legalis Consultores” nos ofrecemos para resolverte cualquier duda que tengas en aspectos jurídicos relativos a la Protección de Datos (adaptación a Autónomos y Pymes, Auditorías),
así como adecuación de tu página web o comercio online (ecommerce) a la LSSI-CE, ejercer tu Derecho de Acceso o Cancelación, Privacidad (En Redes Sociales…)-elaboración de los escritos y presentación de los mismos-, Auditorías en materia de cámaras de vigilancia, Derecho Informático, Derecho de Consumidores y Usuarios frente a Usos y Abusos (eliminación Cláusulas Suelo), Escritos Jurídicos,Asesoramiento Bancario, Gestiones que no puedes o no tienes tiempo de realizar, eliminación de las listas de morosos como Asnef o Experian por intromisión del derecho al honor y a la intimidad (en los casos marcados por la ley).
Somos Profesionales con bastantes años de experiencia, con total orientación de servicio al cliente.
Además estamos diferenciados y especializados por materias, de tal manera que a nuestros clientes les atenderá un especialista jurídico que tiene experiencia suficiente en la materia o asunto que nos pueda plantear.
Trabajamos a nivel Nacional.
Te hacemos un estudio previo Gratuito.
Te damos la mejor solución y alternativa a lo que buscas.
“Trabajamos para ti… por tus Derechos…Déjate Ayudar”.
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