Friend or foe
Este título no me gusta. Aquí no es aplicable la palabra latina VERSUS (Contra, Contrario a…).
Hay que tratar al Abogado y Mediador, como complementos no como figuras contrapuestas.
Hasta que no se entienda que ambas figuras: ABOGADOS y MEDIADORES son complementarias, difícilmente podremos avanzar más rápido respecto a la Mediación en España y estar a niveles más altos como lo están en otros Países (incluso Sudamérica), en donde en este tema como en otros (Protección de Datos), nos llevan muchos años de ventaja.
Los Abogados debemos de entender que la figura del Mediador no es de rivalidad sino de complementariedad profesional (Abogado y Mediador).
Despachos de Abogados
Esto está ya pasando en Norteamérica, donde los grandes despachos de abogados que exclusivamente empleaban la vía Judicial, se han convertido en Asesores Legales, donde dan orientación al cliente según el tipo de conflicto, y de esta manera derivar a otras fórmulas de resolución de controversias a través de:
La Mediación, Arbitraje, Conciliación o, figuras intermedias como la Mediación-Arbitraje o el Arbitraje-Mediación o incluso procesos puros de Negociación.
Si un proceso de mediación fracasa aún nos queda la vía judicial y, mientras esté abierto un proceso judicial, siempre se puede llegar a la vía mediadora.
Es necesaria la figura de ambos profesionales.
Un Abogado con conocimiento y experiencia en Mediación dispone de un servicio más para su cliente o futuro cliente, y muchas veces esa pequeña diferencia puede inclinar la balanza a su favor ya que se trata de un valor añadido a sus servicios profesionales (Abogado y Mediador).
Muchos despachos profesionales en España ya están incluyendo entre sus especialidades la Mediación.
Resolución de Conflictos
Un conflicto de menor entidad que puede resolverse eficazmente sin llegar a la vía judicial, se puede traducir en más tiempo, un bien escaso en esta profesión, que puede invertirse en otros casos de mayor importancia.
Y qué importancia tiene la Mediación para la resolución entre otros, de los “conflictos de familia”, donde prevalece el sentimiento, la emotividad, la falta de comunicación y que se eternizan en el tiempo, convirtiéndose en guerras de guerrillas entre las partes, sólo y exclusivamente para ganar terreno.
Luego el Juez decidirá quién ha ganado esa Batalla (ya que la Guerra la pierden ambas partes)…¡ Y se terminó!.
Aquí entiendo que la figura de la Mediación abre muchas posibilidades (sobre todo de comunicación), sobre todo de cara a los hijos que lo único que desean es que sus padres finalicen las rivalidades.
De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)
Legalis Consultores
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