Correo Electrónico como Prueba en Juicio

El Correo Electrónico y su utilización ante un Juicio  

 El Correo Electrónico ante un Juez

Ya traté en otro post el tema de las Grabaciones de Voz como medio de prueba dentro de un proceso judicial:

Grabaciones. ¿Es Legal hacer Grabaciones? ¿Se pueden presentar como prueba en Juicios?  pero,

¿Qué ocurre con los correos electrónicos? ¿Se pueden aportar como prueba documental en un juicio?

Nos gustaría saber tu opinión respecto a este asunto.
Estaríamos encantados de recibir tus comentarios después de leer este artículo.

La respuesta sería que en principio no debería haber problemas como documento probatorio, pero se deberá de aportar o poner a disposición del juzgado el “Código Fuente” a los efectos de que queden bien dibujados y perfilados la acreditación de la dirección del correo del emisor, la identidad del equipo, la identidad del servidor del correo saliente, la identidad del servidor del correo entrante, la fecha, hora de envío y recepción.

Es aquí también la decisión discrecional del Juez la que va a determinar cada caso en particular, va a ser su criterio el que va a permitir aceptarla o no como prueba en base sobre todo a que quede acreditada la autenticidad del correo enviado por el remitente y de todo lo que contenga.

Certificación de los Correos

Por ello, hoy en día, es recomendable acudir a empresas de certificación de correos electrónicos cuando enviamos mensajes a personas que por su importancia podamos pensar que pudiera devenir algún tipo de conflicto (correos electrónicos entre padres divorciados…).

Si lo hacemos de esta manera resultará más complicada su impugnación.

El tema viene dado debido a que un correo electrónico a fecha de hoy es fácilmente manipulable.

Al ser más una prueba electrónica que documental, deberemos de tratarla con cuidado.

Se puede manipular la firma digital, los servidores, los discos duros

Caso Noos

Es a partir del “Caso Noos” cuando vamos a asistir a más asuntos de inadmisión de “simples fotocopias de correos electrónicos” por parte de los Jueces.

Es por ello que me parece muy acertada la idea de acudir a esas empresas de Certificación de Mails que generan “Actas de Comunicación” (como las Actas Notariales), que demuestran la transmisión, el contenido íntegro y el acuse de recibo de todos los correos electrónicos  que se hayan validado.

Así se establece tras una Sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo.

Este sistema acabará extendiéndose en poco tiempo y a todos los niveles como ya ocurre en el Reino Unido, Alemania…

De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles)

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