Hogar familiar y cámaras de vigilancia
En Legalis Consultores nos llegan consultas prácticamente a diario sobre las consecuencias de instalar cámaras de vigilancia en el hogar familiar, para defender y proteger tanto bienes como a la familia, cuando tenemos además a empleadas del hogar trabajando en la misma.
Nada ni nadie impide que dentro del hogar familiar podamos instalar cámaras de vigilancia,
pero…en aquellos casos que tengamos contratado a personal doméstico (empleadas de hogar para labores de limpieza, cuidado de hijos o de mayores…), evidentemente aquí la cosa cambia.
Damos por supuesto que cuando contratamos a empleadas de hogar lo hacemos según el Real Decreto 1620/2011 de 14 de noviembre, que regula “la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar” y que por tanto se entiende que tenemos un contrato por escrito con dicha empleada del hogar,
que hemos tramitado el alta en la seguridad social y que le entregamos un recibo de los salarios percibidos.
Somos empleadores al contratar el servicio
Es decir, pasamos a ser empleadores y, en el supuesto que veíamos al principio, en el caso de instalar cámaras de vigilancia deberemos de cumplir lo establecido en la Ley de Protección de datos (LOPD), la Instrucción 1/2006 de la propia Agencia Española de Protección de Datos y el Estatuto de los Trabajadores (artículo 20.3).
Por lo tanto somos empleadores y al instalar dichas cámaras de vigilancia tendremos que tener en cuenta los siguientes puntos:
- Informar a la empleada de hogar con carácter previo a la instalación o a la contratación de la misma de la instalación de dichas cámaras y el uso que vamos a dar a las mismas.
- No podremos grabar determinadas zonas de la vivienda como aseos, vestuarios, zonas privadas de la empleada.
- Firmar un “compromiso de confidencialidad” a respetar por ambas partes.
- Y… lo más importante, es que deberemos de estar dados de alta en la Agencia Española de Protección de Datos e inscribir los ficheros de cámaras de vigilancia…, y cumplir con toda la normativa de la LOPD como si fuésemos autónomos, empresarios, asociaciones, comunidades de propietarios…
Debe de existir un ejercicio de transparencia máxime en el hogar familiar vinculado a la intimidad personal y familiar.
Legalis Consultores
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Te esperamos.
8 respuestas a «Empleadas de Hogar, Cámaras de Vigilancia y LOPD»
Soy empleada doméstica trabajando actualmente hace 4 años llego de mis vacaciones y me encuentro con cámaras de seguridad y nunca me notificaron haciéndome sentir muy mal es legal?
Buenos días Maria.
Como empleada de hogar (y por tanto trabajadora), te deberían de haber avisado con tiempo.
Además te deben de indicar de forma clara donde van a estar ubicadas dichas cámaras, pues hay zonas que no deberían de grabar (zonas consideradas privadas como aseos, vestidor…).
Se puede denunciar, si es así, puedes ponerte en contacto conmigo a través del correo: info@legalisconsultores.es
Saludos
Legalis Consultores
Hola soy trabajadora de hogar y el conserje del edificio de dice qué hay cámaras en el piso donde trabajo desde hace casi 6 meses y yo no tengo idea si hay o no hay cámaras !!! Que debo hacer ?
Buenas Gaby.
Deberías hablar con tus empleadores pues tienen la obligación de informarte de este punto.
Caso de que se nieguen a contestar podrías ejercer tus derechos de acceso y cancelación por escrito y en caso contrario o en el supuesto de que no te contesten, podrías ejercer tu derecho de tutela ante la agencia española de protección de datos.
Ellos al contratarte se convierten en empleadores (empresa) y tienen que ajustarse a lo establecido en la LOPD para todas las empresas.
Saludos
Legalis Consultores
Buenos días:
Quiero contratar una empleada del hogar para cuidar a nuestro hijo.
¿Debo informarle de la existencia de cámaras de videvigilancia previamente a firmar el contrato?
Tengo que especificar si graban , si no graban , su ubicación y si tienen o no sonido? O con informar del sistema es suficiente.
Si no grabo, solo es para visionar, ¿es necesario dar de alta en la Agencia Española de Protección de Datos ?
Muchas gracias.
Buenas tardes LJM.
Os he pasado información al correo electrónico
Saludos
Legalis Consultores
Llevo 2 años trabajando en una casa de empleada de hogar, me acaban de despedir por dar de beber a un perro en un recipiente de plástico. Y lo más curioso es que me dijo que me había visto por la cámara de seguridad. Como he dicho llevo 2 años trabajando y jamás me dijeron que hubiera cámara. Puedo denunciarlo?
Buenas tardes María.
Como empleadores tuyos, deben de estar adaptados a la Ley de Protección de Datos y poner carteles informativos en la casa así como el haberte comentado el uso de las cámaras. Es por ello que efectivamente se puede denunciar y solicitar por escrito que imágenes se han tomado y solicitar también su cancelación.
Saludos
Legalis Consultores