¿Qué es Chantaje Informático?
Difamación Pública
Artículo anterior: Delitos Informáticos. 8.- La Ciberguerra
El Chantaje Informático o la Extorsión es la amenaza de “difamación pública” o daño semejante con el objetivo de obtener algún provecho pecuniario o material de alguien, u obligarlo a actuar de una determinada manera.
Dentro de los delitos informáticos esta figura cobra una forma especial con la “extorsión” y “amenazas” que puede sufrir una persona por internet, solicitando contenido sexual o a menores utilizando las redes sociales; pero también puede producirse a través de ciberataques a una página web o blog, atacando su estructura y funcionamiento o colapsando sus servidores y a cambio solicitar cantidades por diversos importes para que todo vuelva a funcionar como antes.
Suelen buscar preferente a personas jóvenes y a las que se les supone menos expertas y más confiadas (por tanto más vulnerables).
Delitos Informáticos. 8.- La Ciberguerra
El Sentido Común
Para frenar el Chantaje Informático, no nos va a servir tener sofisticados antivirus, ni tan siquiera software de protección potentes.
Aquí es primordial el sentido común (aunque sea el menos común de los sentidos) y un alto grado de desconfianza hacia aquellos desconocidos que nos abordan por Internet.
Debemos de controlar toda la información que publicamos sobre nosotros en Internet (es recomendable detenerse a estudiar bien las políticas de privacidad donde tengamos presencia o queramos tenerla).
También es importante cuidar los comentarios que otros amigos hacen sobre nosotros en las redes sociales (de forma pública).
Suelen estudiar muy bien los perfiles de las personas a las que quieren atacar, sabiendo bien cuáles son sus aficiones, sus gustos, para luego, a través de esos datos ir acercándose con el fin de “empatizar” con ellos y acercar posturas para acabar abriéndoles las puertas.
Cuidado a quien agregamos en nuestras redes sociales, debemos ser selectivos y pecar de exagerados.
Debemos de agregar a aquellas personas que conozcamos o sean referencias de conocidos nuestros.
Aún así también seremos precavidos pues sería posible que algún amigo nuestro hubiera sido objeto de una “suplantación de identidad”.
https://www.legalisconsultores.es/2015/01/delitos-informaticos-1-de-la-suplantacion-y-usurpacion-de-identidad/
Chantaje y amenazas en el Código Penal
Los delitos de chantaje y amenazas quedan recogidos en el código penal español en los artículos 169 y siguientes.
Y se imponen distintas penas en función de las circunstancias que concurran. Hay cuatro tipos según la jurisprudencia:
- Aquellas Amenazas y Chantajes condicionales de un mal que constituye en un delito.
- Las Amenazas y Chantajes no condicionales de un mal que constituye un delito.
- Amenazas y Chantajes con Finalidad Terrorista.
- Amenazas y Chantajes Condicionales de un mal “que no constituye un delito”. En éste último caso estaría el supuesto de una amenaza o chantaje con demandar al autor de un atropello si no paga la indemnización correspondiente a la víctima. Aquí no habría delito de amenazas o chantaje. Pero si se exige una cantidad de dinero a cambio de no revelar un determinado vicio de la víctima sí que estaríamos propiamente hablando de un delito de amenazas o chantaje condicional.
Los Consejos que damos desde Legalis Consultores son:
- Pedir ayuda a una persona adulta, tratándose de niños o jóvenes.
- No ceder al chantaje.
- No dar información adicional al que nos amenaza.
- Guardar las pruebas. Grabar o hacer una captura de pantalla donde se pueda ver el día y la hora.
- Eliminar Malware: Troyanos, Spyware…
- Cambiar con regularidad las claves personales.
- Avisar al chantajista que está cometiendo un delito grave con su amenaza.
- Denunciar ante la Policía o Guardia Civil.
- Recomendamos visitar portales como: Portalamigos…
¿Dónde puedo denunciar?
Ante cualquier tipo de sospecha sobre estos delitos u otros en redes sociales puedes acudir a los siguientes organismos:
- GUARDIA CIVIL. GRUPO DE DELITOS TELEMÁTICOS. https://gdt.guardiacivil.es (o en el correo electrónico: delitostelematicos@guardiacivil.org).
- POLICIA NACIONAL. https://www.policia.es/bit/index.htm o https://www.policia.es/bit/contactar.htm
- AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. https://www.aepd.es/
- OFICINA DE SEGURIDAD DEL INTERNAUTA. http://www.osi.es
De Legalis Consultores (Ignacio Puig Carles) sobre datos sacados de G.D.I. de la Guardia Civil y distinta normativa jurídica ),sobre textos del Diario ABC, el Mundo y Agencia E.F.E., y Agencia Española de Protección de Datos (A.E.P.D.).
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Te esperamos.
5 respuestas a «Delitos Informáticos. 9.- Chantaje Informático»
Gracias por el post, tienes toda la razón del mundo. Debemos ser más cuidadosos al navegar por la red.
Buenos días.
Gracias a ti por el comentario.
Saludos y nos tienes para lo que necesites.
Legalis Consultores.
Ignacio Puig carles
Hola una amiga es victima de chantaje, alguien que convive le ha copiado sus claves y revisado sus cuentas de gmail y facebook ademas de descargarse fotos comprometedoras, ahora amenaza con publicarlas si no le dan un beneficio, hasta que punto la ley protege a esta persona??.
Buenas tares Angel-
deberá de denunciarlo ante la policía, evidentemente que queda protegida por las leyes. También te recomiendo que lo denuncie ante las redes sociales que tenía cuenta.
Saludos
Ignacio Puig Carles (Legalis Consultores)