Cloud Computing en Despachos de Abogados y el Derecho a la Protección de Datos (II).

Cloud Computing (II).

Despachos de Abogados.

…Por tanto, como decía en mi anterior post (I), “el Consejo General de la Abogacía” y “la Agencia Española de Protección de Datos” (AEPD):

Han decidido elaborar un documento para señalar cuáles son los aspectos fundamentales y esenciales que deben tomarse en consideración por parte de los “Despacho de Abogados”
a la hora de contratar estos servicios de Cloud Computing para su actividad diaria y su relación con los clientes.

Antes de contratarlo se deben de tener en cuenta:

1.- La Responsabilidad del Despacho sobre el tratamiento de los datos, normativa y jurisdicción aplicada.

2.- Seguridad y Confidencialidad de los Datos.

3.- El Contrato de servicio del “Cloud Computing” tiene que firmarse tanto desde el punto de vista técnico como jurídico.

Se tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 15/1999 de 13 de diciembre :

Ley Orgánica de Protección de Datos y de su Reglamento que lo desarrolla.

Serán Responsables del Tratamiento aquellos despachos que lo contraten ya que van a decidir sobre su finalidad, contenido y uso del tratamiento de los datos.

El Prestador del Servicio del Cloud Computing será el Encargado del Tratamiento.

El Contrato de prestación de servicios de tratamiento de datos personales por cuenta de terceros tiene una gran importancia.

Secreto Profesional y Responsabilidad Ética y Jurídica.

Uno de los principios fundamentales de la protección de datos es el de la seguridad y un deber irrenunciable de la profesión de abogado es el “Secreto Profesional” y la “Responsabilidad Ética y Jurídica” de salvaguardar la información de los clientes y de los que disponga de la otra parte.

Se impone pues a los despachos de abogados una diligencia cualificada a la observancia por el proveedor de los servicios de todas las garantías legales relativas  a los requerimientos de seguridad exigidos en relación a los datos, documentos y actuaciones amparadas por ese Secreto Profesional.

El cifrado de los datos almacenados y las medidas de índole técnico y organizativos, los procedimientos de copias de seguridad, de migración de datos, de acceso a los mismos por personas autorizadas, auditorías, estructura de los ficheros, medidas de seguridad, copias de respaldo y de recuperación de los datos en los ficheros…

Es por todo ello  por lo que debe estar muy bien estipulado  todos estos elementos en el contrato entre el despacho y el proveedor de servicios.

 

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Para más información  podrán encontrarla en www.aepd.es y en cloudcomputing@redabogacia.org

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Cloud Computing para despachos de Abogados y la Protección de Datos. (I).

Cloud Computing. (I).

En despachos de Abogados.

Por otro lado, recientemente  se acaba de publicar un informe realizado por la Agencia Española de Protección de Datos:

www.aepd.es  junto al Consejo General de la Abogacía Española, tratando de una manera muy detallada el llamado:

“Cloud Computing” (Nube) y sus efectos y limitaciones respecto a lo dictado en la normativa sobre Protección de Datos (LOPD).

Servicios Tecnológicos.

El “Cloud Computing” es un modelo de prestación de Servicios Tecnológicos, que permite el acceso bajo demanda y a través de la Red a un conjunto de recursos compartidos y configurables:

redes, servidores, aplicaciones, servicios… que pueden ser fácilmente asignados y liberados con una mínima gestión por parte del proveedor del servicio.

Además, pueden ser utilizados por una gran variedad de dispositivos de usuarios, desde teléfonos móviles, ordenadores portátiles y PDAs.

También los recursos son compartidos por múltiples usuarios.
Estos usuarios pueden ignorar el origen y la ubicación de los recursos a los que acceden.

Estos recursos se asignan y liberan de una forma rápida (casi automática), dando la impresión al usuario que el alcance a dichos recursos es ilimitado y que están siempre disponibles.

Servicio Medible.

Se trata además de un servicio perfectamente Medible por parte del Proveedor y el Usuario (es transparente y en tiempo real) lo que posibilita el pago por el uso efectivo de estos servicios.

Para un Despacho de Abogados le va a ser muy útil acceder desde correos electrónicos hasta el almacenamiento de documentos, aplicaciones de gestión, de contabilidad, de base de datos de jurisprudencia, legislación, o compartir documentación e información con clientes u otros despachos sin necesidad de servidores o de software en el propio despacho con el gasto que conlleva estos últimos.

Los datos se encuentran en algún lugar de Internet… en una Nube (Cloud). Cloud Computing.

Un despacho de abogados que sea pequeño,  no va a necesitar personal informático propio dedicado al mantenimiento de aplicaciones y servidores. Los datos son accesibles desde cualquier lugar del mundo donde haya conexión a Internet.

Pero, ¿Qué ocurre con la seguridad de esta Información y de los datos que en ella se manejan?.

Por su especial  carácter Confidencial de muchos datos que manejan los despachos de abogados  y por la posible pérdida de estos,
se hace necesario establecer unas pautas legislativas especiales  para esta nueva situación, especialmente en  lo que respecta a la Privacidad y Protección de Datos.

De Legalis Consultores sobre textos de la AEPD.

 

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Protección de Datos. 20 años de Protección de Datos en Europa.

Protección de Datos. 20 años de Protección de Datos en Europa.

XX Aniversario de la Protección de Datos Europea.

Hoy día 28 de enero de 2013 se celebra el 20º aniversario de la aplicación de la normativa sobre protección de datos en Europa.
Se trata de concienciar de la importancia que supone para todos los ciudadanos “la protección de nuestros datos”, “de nuestra intimidad”.

No se trata de ver la normativa que se ha creado con una idea simplemente recaudatoria, que no es esa su finalidad, sino que gracias a que en España a raíz de la entrada en vigor de la  “Ley 15/1999 de 13 de diciembre” y el Reglamento que la desarrolla se ha podido frenar las barbaridades que hasta ahora se venían haciendo sobre todos nuestros datos sin ninguna impunidad.

No todo está permitido.

En Europa nos llevan mucha ventaja en este sentido y tenemos que ser conscientes que “No Todo Está Permitido”.

Tenemos el Deber de conocer la Ley y el derecho a defendernos de los abusos que se siguen cometiendo por diversos medios (usando y abusando de nuestros datos).

Menores.

Ni que decir tiene de la importancia que tiene esta Ley de cara a los “Menores”  y que deben ser conocidos por todas las partes:

Padres, Educadores, Profesores, Tutores y miembros de la Comunidad Académica. En la propia Web de la Agencia Española de Protección de Datos: www.aepd.com, hay material más que suficiente en cuanto a guías y recomendaciones (vídeos, enlaces web, textos de interés, recursos educativos) y que debieran ser tenidos en cuenta en colegios (públicos, privados y concertados).

Redes Sociales.

No debemos descuidar “Internet” ni tampoco “Las Redes Sociales”.

En próximos posts analizaremos en detalle  estos datos que en muchos casos se desconocen. Hay que saber “que está permitido” y “que no está permitido”.

Datos de Especial Protección.

“Datos de Especial Protección” (Datos clínicos y de Salud, condición sexual, creencias e ideologías), que como decía antes son ignorados y por desgracia algunos profesionales (por desconocimiento o conocimiento malintencionado) utilizan a su placer vulnerando gravemente la Ley que es muy clara al respecto y que evidentemente están cometiendo un delito administrativo, otro penal y  con posibles repercusiones civiles y profesionales.

Será conveniente ir poniéndonos las pilas al respecto sobre lo que se puede hacer y lo que no, porque como decía antes…

No Todo Vale… y nuestra Intimidad debe estar protegida.

Ojalá este día nos sirva de reflexión al respecto.

De Legalis Consultores sobre textos de la Agencia Española de Protección de Datos.

 

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¿Quieres la Eliminación de la Cláusula Suelo en tu Hipoteca?

¿Quieres la Eliminación de la Cláusula Suelo en tu Hipoteca?

Link: CLAUSULA SUELO HIPOTECA

Es necesario más que nunca luchar entre todos para la eliminación definitiva de la “Cláusula Suelo”…por abusiva  de las hipotecas actuales tanto de Bancos como de Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito.

Ya lo han declarado sucesivas sentencias judiciales pero… aún están en la mayoría de las escrituras hipotecarias como losa inquebrantable.

Pero además es necesario que se realice con “carácter retroactivo”.

¿Quieres votar para la eliminación de esta cláusula? Este es el momento.

Dejo enlace para que des tu voto y entre todos podamos conseguir la erradicación definitiva de la misma de todos las escrituras hipotecarias.

Petición al Gobierno para la aplicación de la retroactividad en las Cláusulas Suelo de las hipotecas.

Desde Legalis Consultores, realizamos todas las gestiones para que se pueda eliminar la Cláusula Suelo de su hipoteca.
Actuamos primero por vía extra-judicial y luego posteriormente, caso de no conseguirlo, actuamos por vía judicial.

Hemos tenido un porcentaje altísimo de casos de éxito (casi el 90%). De clientes que hoy disfrutan de una cuota más baja en sus hipotecas.

No permitas estar pagando más cuotas mensuales que las que realmente te puedan corresponder.

Estás pagando a una entidad bancario muy por encima de los intereses de mercado.

El ahorro mensual de tu cuota puede ser importante.

No permitas que te ocurra.

 

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Actuamos con “Agilidad” y “Profesionalidad”, dando un trato claro al cliente y muy cercano, siguiendo su caso hasta la resolución del mismo.

Confíe en Legalis Consultores: “Su PROBLEMA es nuestro PROBLEMA y… tiene SOLUCIÓN”.

Puede ponerse en contacto con nosotros (hacemos un estudio previo GRATUITO de su caso):

Teléfono: 635836314 (También Whatsapp).
Email:  info@legalisconsultores.es

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Protección de Datos. 28 de enero. Día Mundial de la Protección en Europa.

La Protección de Datos. Día 28 de enero: Día Mundial de la Protección en Europa.

Este día 28 DE ENERO queda establecido como el día europeo de la Protección de Datos.

Es una fecha señalada y que deberemos de tener en cuenta de cara a saber y conocer todas las normas internas de cada País europeo y sobre todo de su camino hacia una homogeneidad en la materia de leyes distintas entre los distintos estados.

También, es un día para que tengamos presentes la importancia de la Protección de Datos de carácter personal que deben de respetarse y salvaguardarse.

Además, debemos de ser conscientes que se trata de proteger un derecho de la persona como es: el Derecho a la Intimidad.

Dejamos enlace de la página web de la AEPD sobre la Protección de Datos.

Portal Web de la Agencia Española de Protección de Datos.

 

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Social Media. Renovarse o Morir.

El Social media en la actualidad

Social Media.

Adaptándonos a los nuevos tiempos.

Muy mal lo tienen los negocios convencionales si insisten en seguir por su camino.

Quizás por miedo o porque realmente desconocen las posibilidades de los medios digitales, entiendo que es necesario adaptarse, no ya a lo que estamos viviendo hoy en día sino a lo que tiene que venir.

Las grandes empresas (aunque también las pequeñas o incluso comercios y los autónomos), deben de tener claro que lo ANALÓGICO ya no vende, debido a que estamos inmersos en un MUNDO DIGITAL.

El Mundo Digital.

El “Mundo Digital” es BI-DIRECCIONAL, es INMEDIATO que en definitiva es lo que busca el consumidor final, no se busca un solo enfoque, se buscan varios e incluso la posibilidad de poder participar, tener la libertad de expresar las propias opiniones y realizar críticas sobre productos o marcas.

Además es GRATUITO por tanto más económico, es PERSONALIZABLE, es INTERACTIVO y sobre todo es INTEGRADOR.

Pero quizás el punto más importante es que es ACTUALIZABLE.
Hoy en día hay más necesidad de Opinar, Criticar, Crear, Publicar e incluso Recomendar y además es una tendencia alcista de proporciones incalculables.

La Escucha.

Aquí la política de las empresas que ya utilizan la Social Media es dar importancia a la ESCUCHA (en Mayúsculas) y no que sean empresas que utilicen un lenguaje unidireccional (Monólogo).

En un futuro no muy lejano van a triunfar aquellas empresas, sectores y marcas que se hayan adaptado perfectamente a la “Social Media” convirtiéndose en verdaderas plataformas de conversación y construcción bidireccional.

Si no se produce esta adaptación tan necesaria para todas las empresas, marcas, negocios en general, difícilmente van a poder lograr sus objetivos.

Creo que estamos ante una ocasión única para subirnos al Tren de Alta Velocidad.

Es sólo un consejo y debería ser focalizado a través de los departamentos de Marketing y Recursos Humanos de todas las empresas españolas.

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El Futuro del Social Media.

Social MEdia

El Futuro del Social Media.

Lo que está por venir.

¿Qué es el SOCIAL MEDIA.?

Podríamos definirlo como aquellos elementos Online de Comunicación de Masas:

Blogs, Micro-blogs, Redes Sociales y Podcasts que no son un sistema cerrado, que son transparentes y descentralizados, que permiten una comunicación en tiempo real y cuyos resultados pueden ser medibles.

Como diría Avinash Kaushik, profesional de Google: “Los Social Media son como el sexo en la adolescencia.

Todo el mundo quiere hacerlo, nadie sabe cómo y cuándo por fin lo hacen, se sorprenden de que no sea para tanto.”

Aún estamos poniendo los cimientos de lo que será en un futuro. Aún no se ha producido una verdadera explosión.

Se dice que para el 2013, el total de inversión en publicidad llegará a los 10.000 millones de dólares (48% de esta inversión se realizará en EE.UU. y el 52% en el resto del mundo).

Pero lo que sí hay que destacar es la importancia para cualquier Negocio de contar con alguien que le pueda realizar un SOCIAL MEDIA PLAN donde poder establecer sus objetivos, delimitar los target y poder diseñar un enfoque original para poder alcanzar un buen éxito en las Redes.

Poder elegir un contenido y una estrategia que consigan una buena “Viralidad”.

Ya no sirve, como hasta ahora se venía haciendo, el realizar pequeñas incursiones en plataformas, sin un plan preconcebido, que no genera provecho alguno.

El éxito actual de cualquier campaña Social pasa necesariamente por un trabajo serio y concienzudo que debe cimentarse sobre valores tanto cuantitativos como cualitativos y que desde luego puedan medirse.

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Geolocalización y Geomarketing.

Geolocalización - Geomarketing

Geolocalización y Geomarketing.

Como ya dijo Tomás Oulton (Microsoft):

El Hogar ya no existe. Hogar es donde estás, hoy se trata de personas individuales, de donde se encuentren”.

Estamos en constante MOVILIDAD. Cualquier móvil, tablet… incorpora ya de serie un dispositivo GPS y si además le añadimos cualquier aplicación social, hace que podamos asegurar, en el corto plazo, interacciones de enorme utilidad para el Marketing.

A esto es lo que se le denomina GEOMARKETING.

La GEOLOCALIZACIÓN es la integración de internet con los datos geográficos de posicionamiento de cada individuo.

FOURSQUARE ha sido sin duda la primera plataforma en aprovechar este sistema con notable éxito.

Permite al usuario, registrar su posición en tiempo real por ejemplo en un restaurante, tienda, cafetería, o cualquier negocio… para que su red de amistades puedan saber dónde se encuentra e incluso poder ofrecer una opinión “in situ” de dicho lugar (en tiempo real):

Como es el lugar, si está lleno de gente, si es bonito, caro…

Es ahora FACEBOOK quien ha comprado: GOWALLA.COM, que permite generar recomendaciones de lugares entre amigos y familiares a través de una plataforma que realiza una localización mediante GPS.

Se ha convertido pues en la competidora de FOURSQUARE.

El GEOMARKETING va a permitir tanto a grandes como a pequeños comercios las siguientes ventajas:

1.- Conocer la opinión de los clientes de primera mano y de forma inmediata.

2.- Identificar a los clientes que más nos visitan.

3.- General Marketing Viral.

4.- Recabar datos del perfil del cliente, de sus necesidades y conocer así mejor a la clientela.

5.- Lanzar promociones específicas para poder fidelizar a la clientela.

6.- Detectar las horas de mayor afluencia de público al local comercial.

Si a esto le unimos el auge que están teniendo compañías como GROUPON, LET´S BONUS…va a ser necesario que cualquier comercio por pequeño que sea se suba a este vagón que va a tener un éxito extraordinario en breve plazo.

De Legalis Consultores sobre textos legales e informes jurídicos.

 

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¿Fin de los Depósitos y Plazos Fijos bancarios?

Limites a Tipos de Interés

¿Fin de los Depósitos y Plazos Fijos bancarios?

Quizás no sea el momento más adecuado para invertir los ahorros en Depósitos y Plazos Fijos durante este año 2013.

Se acaba de aprobar que los máximos tipos de interés serán del 1´75% o como mucho del 2´75% dependiendo evidentemente de los plazos en que se contraten.

Desde luego es una mala noticia para los “ahorradores”.

Después del rescate bancario, se veía venir, sabiendo además que el Euribor no supera los 0´60 puntos.

¿Podemos asegurar que se da por terminada la llamada GUERRA DE DEPÓSITOS BANCARIOS?.

Hay que decir que Sí.

El Banco de España ha emitido una recomendación de que los depósitos bancarios no se remuneren a un tipo de interés superior al 3% T.A.E., una recomendación que por otro lado es de obligado cumplimiento.

Las grandes entidades bancarias españolas.

Las grandes entidades a partir de ahora bajarán el tipo de interés al 2% a un año (Banco Santander, BBVA…)y los bancos medianos lo harán al 1´75% a un año (Banco Popular, Banco Sabadell…).

Posteriormente y de forma escalonada vendrán las demás entidades.

La única ventaja de todo esto va a ser para los que tienen hipoteca pues producirá que haya una bajada de precios de las mismas durante este año.

Ninguna entidad bancaria podrá saltarse a la torera citada recomendación (como ya había ocurrido con alguna entidad anteriormente), ya que la orden no parte del Banco de España de forma directa sino de Bruselas.

Sería un verdadero escándalo que entidades intervenidas no cumplan dicha normativa con el fin de atraer más fondos a sus arcas ya de por sí seriamente dañadas.

Opciones y recomendación.

Aún se puede acudir a la banca Online y a la Banca Extranjera para encontrar un poco más de rentabilidad pero siempre pensando en el corto plazo.

Recomiendo los Fondos de Inversión Garantizados de una entidad que realice una buena gestión y desde luego es el momento de los Planes de Ahorros, Planes de Pensión, Pia´s que tan bien nos van a venir a medio y largo plazo.

Esto con lo que respecta a los “ahorradores”.

A los “Inversores” desde luego está la Bolsa, de forma directa o a través de Fondos de Renta Variable.

Para los más conservadores es un buen momento para los Fondos de Renta Mixta (por ejemplo un 80% de la inversión en renta fija y un 20% en renta variable).

Para los más atrevidos siempre habrá fondos que inviertan, a ser posible, en bolsa extranjera.

Cuidado con elegir el banco.

Hay que mirar bien las inversiones que realiza, rentabilidades pasadas (aunque no garanticen las futuras), pero sobre todo las comisiones de gestión, de depósito…, cuanto más altas sean citadas comisiones menos rentabilidad producirán.

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